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Módulo 6 de 6 · RGPD · Bloque 6

Brechas de seguridad y encargados de tratamiento

El último bloque cubre dos obligaciones críticas: notificar las brechas de seguridad a tiempo y controlar a quienes tratan datos por cuenta de la empresa.

Contenido revisado el

Notificación de brechas

Plazo de 72 horas para notificar una brecha de seguridad a la autoridad de control cuando suponga un riesgo para los interesados.

Registro de brechas

Documentación de toda brecha detectada, aunque no llegue a notificarse, con su análisis y las medidas adoptadas.

Contratos de encargado de tratamiento

Acuerdo formal con cada proveedor que trate datos personales por cuenta de la organización, con las garantías exigidas por el RGPD.

Lo que suele pedir el auditor

  • Procedimiento de detección y notificación de brechas
  • Registro de brechas de seguridad documentado
  • Contratos de encargado de tratamiento con todos los proveedores relevantes
  • Simulacro de respuesta ante brecha realizado

Cómo cubrir este bloque en Kimobox

  1. 1Registra cada brecha de seguridad detectada con su cronología y análisis en Kimobox.
  2. 2Controla el plazo de 72 horas de notificación desde el cuadro de mando.
  3. 3Gestiona los contratos de encargado de tratamiento desde el portal de proveedores.

El plazo de notificación de una brecha queda controlado desde el primer minuto, sin depender de un aviso manual.

Ver la gestión de proveedores de Kimobox

De dónde sale cada dato

Referencias al texto oficial vigente. Si una norma se revisa, esta página se actualiza y la fecha de revisión lo refleja.

  1. Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos EUR-Lex · Aplicable desde el 25 de mayo de 2018
  2. Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) BOE-A-2018-16673 · 6 de diciembre de 2018
  3. Agencia Española de Protección de Datos AEPD · Autoridad de control