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Módulo 4 de 6 · RGPD · Bloque 4

Medidas de seguridad

El RGPD exige medidas de seguridad adecuadas al riesgo, sin imponer una lista cerrada como hacía la normativa anterior.

Contenido revisado el

Medidas técnicas

Cifrado, control de acceso, copias de seguridad y seudonimización de los datos personales, según el riesgo del tratamiento.

Medidas organizativas

Políticas internas, formación del personal y acuerdos de confidencialidad para quienes acceden a datos personales.

Análisis de riesgo

Valoración del riesgo de cada tratamiento para determinar qué medidas de seguridad son proporcionales.

Lo que suele pedir el auditor

  • Medidas técnicas de seguridad implantadas
  • Políticas de acceso a datos personales documentadas
  • Formación del personal en protección de datos
  • Análisis de riesgo por tratamiento realizado

Cómo cubrir este bloque en Kimobox

  1. 1Gestiona los permisos por perfil para limitar el acceso a datos personales en Kimobox.
  2. 2Registra la formación en protección de datos de cada empleado.
  3. 3Documenta el análisis de riesgo de cada tratamiento como registro versionado.

Los permisos por perfil limitan el acceso a datos personales según quién realmente los necesita.

Ver la seguridad de la infraestructura de Kimobox

De dónde sale cada dato

Referencias al texto oficial vigente. Si una norma se revisa, esta página se actualiza y la fecha de revisión lo refleja.

  1. Reglamento (UE) 2016/679, General de Protección de Datos EUR-Lex · Aplicable desde el 25 de mayo de 2018
  2. Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD) BOE-A-2018-16673 · 6 de diciembre de 2018
  3. Agencia Española de Protección de Datos AEPD · Autoridad de control