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Modelos y registros · ISO 27701 · Apartado A.1 y A.2

Modelo de registro de actividades de tratamiento ISO 27701

La pieza central del sistema de privacidad: qué datos se tratan, para qué, de quién, con quién se comparten y cuánto tiempo se guardan, tratamiento por tratamiento.

En una frase

El registro de actividades de tratamiento describe, por cada tratamiento, la finalidad, las categorías de interesados y de datos, los destinatarios, las transferencias internacionales, los plazos de supresión y las medidas de seguridad, porque el artículo 30 del RGPD lo exige al responsable y al encargado e ISO/IEC 27701 lo recoge entre los controles de sus tablas A.1 y A.2.

Contenido revisado el

Dónde lo pide la norma
ISO 27701 · Apartado A.1 y A.2 Se cita la edición de 2025: los números de 4 a 10 son capítulos; A.1, A.2 y A.3 son las tablas del Anexo A con los controles del responsable, del encargado y comunes a ambos.
Tipo de información
Documento obligatorio Documento que hay que mantener actualizado (art. 30 RGPD; controles de las tablas A.1 y A.2)
Quién lo rellena
El responsable de cada tratamiento, con el delegado de protección de datos Quien conoce el proceso lo describe; el delegado o el responsable del PIMS revisa que esté completo
Cuándo
Antes de iniciar un tratamiento y en cada cambio Una herramienta nueva, un proveedor nuevo o una finalidad nueva obligan a revisarlo
Cuánto se conserva
Mientras exista el tratamiento Es un documento vivo: se actualiza y se guarda la versión anterior para poder enseñar cómo era en cada momento.

Qué pide la norma


Lo que exige ISO 27701 y lo que deja a tu criterio

La norma pide al responsable y al encargado mantener un registro de los tratamientos que llevan a cabo, con el detalle suficiente para gestionarlos y demostrarlo. No fija la plantilla: lo que exige es que el registro sea completo, esté al día y lo conozca quien decide sobre cada tratamiento.

El RGPD concreta el contenido mínimo: el artículo 30.1 para el responsable y el 30.2 para el encargado, que registra las categorías de tratamientos que hace por cuenta de cada cliente. Debe constar por escrito, también en formato electrónico, y ponerse a disposición de la autoridad de control si lo solicita.

El artículo 30.5 exime a las organizaciones de menos de 250 empleados salvo que el tratamiento entrañe riesgo, no sea ocasional o incluya categorías especiales de datos. En la práctica casi ninguna empresa con plantilla propia queda exenta, porque las nóminas no son ocasionales.

Estructura


Campos que debe tener el modelo

  • Nombre y contacto del responsable y, en su caso, del delegado de protección de datos
  • Papel de la organización: responsable, corresponsable o encargado
  • Finalidad del tratamiento y base jurídica
  • Categorías de interesados y de datos personales
  • Categorías de destinatarios, incluidos encargados
  • Transferencias internacionales y garantías aplicadas
  • Plazos previstos de supresión
  • Descripción general de las medidas de seguridad
  • Sistemas o aplicaciones que soportan el tratamiento
  • Fecha de la última revisión y quién la hizo

Ejemplo


Ejemplo: tratamiento de nóminas en una empresa ficticia

Empresa, personas y cifras inventadas: el ejemplo solo enseña cómo queda un registro bien cumplimentado.

Campo Contenido
Tratamiento RAT-04 · Gestión de nóminas · Talleres Ebro Norte, S. L. (ficticia)
Papel Responsable del tratamiento
Finalidad y base jurídica Pago de salarios y obligaciones de Seguridad Social y fiscales · Ejecución del contrato de trabajo y obligación legal
Interesados y datos 86 empleados · Identificativos, bancarios, retributivos, situación familiar a efectos fiscales
Destinatarios Asesoría laboral externa (encargada, contrato EN-2026-03), Seguridad Social, Agencia Tributaria, entidad bancaria
Transferencias No hay
Supresión Durante la relación laboral y después mientras duren los plazos de prescripción aplicables
Medidas Acceso restringido a dos personas de administración, doble factor, cifrado del envío a la asesoría
Revisión 12 de marzo de 2026 · Responsable del PIMS

En la auditoría


Errores que suelen señalar los auditores

  • El registro se hizo una vez y no recoge las herramientas incorporadas después.
  • Se describe la base jurídica como «consentimiento» en tratamientos laborales que se apoyan en el contrato o en la ley.
  • El encargado copia el registro de responsable y no distingue los tratamientos que hace por cuenta de cada cliente.
  • Los plazos de supresión dicen «los legalmente establecidos» sin concretar ninguno.
  • Los encargados que aparecen en el registro no tienen contrato vigente.

En Kimobox


Cómo se lleva este registro en Kimobox

  1. 1Cada tratamiento es una ficha del registro de actividades con su responsable y su fecha de revisión.
  2. 2El alta de una herramienta o de un proveedor nuevos lanza un flujo que obliga a revisar los tratamientos afectados.
  3. 3Los destinatarios se enlazan con los proveedores y su contrato de encargado.
  4. 4El historial de versiones permite enseñar cómo era el registro en cualquier fecha.

Preguntas frecuentes


Lo que nos preguntan antes de empezar

¿El registro de actividades es lo mismo que el inventario de datos?

No exactamente. El registro describe tratamientos —para qué se usan los datos— con el contenido que fija el artículo 30. El inventario baja a dónde están los datos: sistemas, ficheros, copias. El primero es obligatorio; el segundo es una buena práctica que alimenta la evaluación de riesgos.

¿Hay que publicarlo?

El RGPD no lo exige: hay que ponerlo a disposición de la autoridad de control cuando lo pida. Algunas leyes nacionales imponen su publicación a organismos públicos.

¿Cada cuánto se revisa?

Siempre que cambie un tratamiento y, además, con una revisión periódica planificada, normalmente anual, que el auditor de la norma comprobará en su muestra.

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Fuentes


De dónde sale cada dato

Referencias al texto oficial vigente. Si una norma se revisa, esta página se actualiza y la fecha de revisión lo refleja.

  1. Reglamento (UE) 2016/679, Reglamento General de Protección de Datos EUR-Lex · 27 de abril de 2016; aplicable desde el 25 de mayo de 2018
  2. ISO/IEC 27701:2025 — Sistemas de gestión de la información de privacidad. Requisitos y orientación ISO/IEC · Segunda edición, octubre de 2025