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Módulo 7 de 7 · Reglamento de IA · Arts. 99, 101, 111 y 113

Calendario de aplicación y sanciones

El Reglamento se aplica por fases entre 2025 y 2030, y el Ómnibus de 2026 retrasó el bloque de alto riesgo. Estas son las fechas y las multas que fija.

Contenido revisado el

Fechas ya cumplidas

Publicado en el Diario Oficial el 12 de julio de 2024, el Reglamento entró en vigor a los veinte días, el 1 de agosto de 2024. Desde el 2 de febrero de 2025 se aplican las disposiciones generales, la alfabetización y las prácticas prohibidas; desde el 2 de agosto de 2025, la gobernanza, los organismos notificados, los modelos de uso general y el régimen de sanciones, salvo el artículo 101 (art. 113).

El 2 de agosto de 2026 llegó la fecha general de aplicación, que incluye la transparencia del artículo 50 y las multas a proveedores de modelos de uso general. El Ómnibus, publicado el 24 de julio de 2026, entró en vigor el 27 de julio de 2026.

Fechas pendientes

2 de diciembre de 2026: nuevas prohibiciones de las letras b bis) y b ter) del artículo 5 y marcado del contenido sintético para sistemas ya comercializados. 2 de agosto de 2027: adaptación de los modelos de uso general anteriores a agosto de 2025 y al menos un espacio controlado de pruebas operativo en cada Estado miembro (art. 57.1).

2 de diciembre de 2027: obligaciones de los sistemas de alto riesgo del anexo III. 2 de agosto de 2028: las de los sistemas del anexo I. 2 de agosto de 2030: plazo final para los sistemas de alto riesgo usados por autoridades públicas que ya estaban en servicio (art. 111.2).

Multas máximas

Prácticas prohibidas: hasta 35 millones de euros o el 7 % del volumen de negocios mundial del ejercicio anterior, si es mayor (art. 99.3). Incumplimientos de proveedores, importadores, distribuidores, responsables del despliegue y de la transparencia del artículo 50: hasta 15 millones o el 3 % (art. 99.4). Información inexacta o engañosa a autoridades u organismos notificados: hasta 7,5 millones o el 1 % (art. 99.5).

Para las pymes se aplica la menor de las dos cifras (art. 99.6), y el Ómnibus extiende esa regla a las pequeñas empresas de mediana capitalización en las multas de los apartados 4 y 5 (art. 99.6 bis). A los proveedores de modelos de uso general la Comisión puede imponerles hasta el 3 % o 15 millones, la cifra mayor (art. 101).

Cada Estado miembro fija su régimen de sanciones dentro de esos límites y debe tener en cuenta los intereses y la viabilidad económica de las pymes (art. 99.1).

Lo que suele pedir el auditor

  • Fechas que afectan a cada sistema del inventario anotadas en el calendario de cumplimiento
  • Prácticas prohibidas descartadas ya, porque se aplican desde 2025
  • Avisos de transparencia en marcha desde agosto de 2026
  • Plan de adaptación para los sistemas de alto riesgo antes de diciembre de 2027

Cómo abordarlo en la práctica

  1. 1Asigna a cada sistema del inventario la fecha que le corresponde según su clasificación.
  2. 2Programa una revisión antes de cada hito, con tiempo para pedir documentación a los proveedores.
  3. 3Sigue las directrices y actos de ejecución de la Comisión, que concretan buena parte de los requisitos antes de cada fecha.

El calendario normativo reúne estas fechas junto a las de otras normas, para planificar la adaptación en un solo sitio.

Ver el calendario normativo con todas las fechas

De dónde sale cada dato

Referencias al texto oficial vigente. Si una norma se revisa, esta página se actualiza y la fecha de revisión lo refleja.

  1. Reglamento (UE) 2024/1689 de Inteligencia Artificial EUR-Lex · DO L 2024/1689 · 12 de julio de 2024
  2. Reglamento (UE) 2026/1744 (Ómnibus digital sobre IA), que modifica el Reglamento (UE) 2024/1689 EUR-Lex · DO L 2026/1744 · 24 de julio de 2026
  3. Reglamento (UE) 2024/1689, texto consolidado EUR-Lex · CELEX 02024R1689-20260727 · Versión de 27 de julio de 2026