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Modelos y registros · ISO 26000:2010 · Apartado 6.3.3

Modelo de evaluación de debida diligencia en derechos humanos

La forma de identificar a tiempo los efectos negativos que la actividad o la cadena de suministro pueden tener sobre los derechos de las personas, y de evitarlos o repararlos.

En una frase

La evaluación de debida diligencia en derechos humanos identifica los riesgos reales y potenciales para las personas en la actividad propia y en la cadena de valor, las medidas para prevenirlos o mitigarlos, su seguimiento y los mecanismos de reparación; es buena práctica en ISO 26000 (6.3.3), alineada con los Principios Rectores de Naciones Unidas.

Contenido revisado el

Dónde lo pide la norma
ISO 26000:2010 · Apartado 6.3.3 Los apartados se citan con la numeración de ISO 26000:2010, la única edición publicada. Al ser una guía, ningún modelo es obligatorio: todos figuran como buena práctica.
Tipo de información
Buena práctica Buena práctica: ISO 26000 es una guía (apartado 6.3.3)
Quién lo rellena
Responsable de responsabilidad social con compras y personas Conviene contar con organizaciones que conozcan a los colectivos afectados
Cuándo
Antes de nuevas actividades o proveedores de riesgo Y una revisión periódica, al menos anual
Cuánto se conserva
Lo decide la organización Al ser una guía, ISO 26000 no fija plazos. Conservar varios años permite mostrar la evolución, que es lo que más valoran los grupos de interés.

Qué pide la norma


Lo que exige ISO 26000:2010 y lo que deja a tu criterio

La guía recomienda un proceso de debida diligencia con política de derechos humanos, evaluación de cómo las actividades actuales y previstas pueden afectar a los derechos, integración de esa evaluación en la organización, seguimiento del desempeño y acciones para tratar los efectos negativos.

Los Principios Rectores de Naciones Unidas, de 2011, describen el mismo ciclo: identificar, prevenir, mitigar, rendir cuentas y reparar. SGE 21 exige un procedimiento similar como requisito certificable (6.2.1).

Lo que se evalúa es el riesgo para las personas, no para la empresa: un riesgo pequeño para el negocio puede ser grave para quien lo sufre.

Estructura


Campos que debe tener el modelo

  • Actividad, centro o proveedor evaluado
  • Derecho potencialmente afectado
  • Colectivo afectado y su situación de vulnerabilidad
  • Gravedad y probabilidad del efecto
  • Si la empresa lo causa, contribuye o está vinculada a él
  • Medidas de prevención o mitigación
  • Seguimiento y resultado
  • Mecanismo de queja y reparación disponible

Ejemplo


Ejemplo: temporeros de campaña (entidad ficticia)

Empresa, personas y cifras inventadas: el ejemplo solo enseña cómo queda un registro bien cumplimentado.

Campo Contenido
Actividad Recolección de campaña con 220 temporeros, parte a través de empresa de trabajo temporal
Derecho afectado Condiciones de trabajo y vivienda dignas
Riesgo Alojamiento por encima de su capacidad y cobro de transporte por intermediarios
Relación La cooperativa contribuye: contrata a la empresa de trabajo temporal y aloja a parte del personal
Medidas Cláusula contractual de prohibición de cobros, auditoría social de la empresa de trabajo temporal, límite de ocupación
Queja y reparación Teléfono gestionado por una ONG local, en tres idiomas · reintegro de cobros indebidos
Seguimiento Campaña de 2026: 3 quejas, 2 resueltas con reintegro, 1 en investigación

En la auditoría


Errores que suelen señalar los auditores

  • Se evalúa solo la plantilla propia y se olvida la cadena de suministro.
  • Los riesgos se valoran desde el punto de vista de la empresa, no de las personas.
  • No existe ningún mecanismo de queja accesible para los afectados.
  • La evaluación no lleva a medidas concretas.

En Kimobox


Cómo se lleva este registro en Kimobox

  1. 1El análisis de riesgos de derechos humanos se registra como registro versionado.
  2. 2El canal de denuncias de Kimobox puede usarse también para esta materia.
  3. 3Los criterios de responsabilidad social se incluyen en la evaluación de proveedores.
  4. 4La política de no discriminación y su difusión quedan documentadas.

Preguntas frecuentes


Lo que nos preguntan antes de empezar

¿Es obligatoria la debida diligencia en derechos humanos?

En ISO 26000, no: es una recomendación. En la Unión Europea existe la Directiva (UE) 2024/1760 sobre diligencia debida para grandes empresas, modificada por la Directiva (UE) 2026/470; para la mayoría de pymes sigue siendo voluntaria, aunque sus clientes grandes se la pidan.

¿Qué significa causar, contribuir o estar vinculado?

Es la distinción de los Principios Rectores: la empresa causa un efecto si lo produce directamente, contribuye si lo facilita junto con otros y está vinculada si ocurre en su cadena de valor sin participación directa. La respuesta esperada cambia en cada caso.

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Fuentes


De dónde sale cada dato

Referencias al texto oficial vigente. Si una norma se revisa, esta página se actualiza y la fecha de revisión lo refleja.

  1. ISO 26000:2010 — Guía de responsabilidad social ISO · Ed. 2010
  2. Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos Naciones Unidas (ACNUDH) · 2011
  3. SGE 21. Sistema de Gestión Ética, Sostenible y Responsable Forética · Versión de octubre de 2024